Cheque Guardería
La Comunidad de Madrid ha abierto la convocatoria de las becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada, conocidas como Cheque Guardería. La fecha de solicitud comienza el 9 de julio, y se prolongará hasta el 15 de agosto.
La fecha de solicitud comienza el 9 de julio, y se prolongará hasta el 5 de agosto.
Gracias a esta convocatoria, las familias que matriculen a sus hijos en el Primer ciclo de la Escuela Infantil Villalkor podrán acceder a esta beca.
Las familias que matriculen a sus hijos en el Primer ciclo de la Escuela Infantil Villalkor podrán solicitar esta beca de la Comunidad de Madrid para beneficiarse de la ayuda.
Las cuantías serán de 100 o de 160 euros mensuales en función de la renta y beneficiarán fundamentalmente a las familias en las que trabajen ambos cónyuges, con el objetivo de fomentar la conciliación familiar y laboral.
A quién beneficia
Familias cuyos hijos hayan nacido o esté previsto su nacimiento antes del 1 de noviembre de 2020 y estén matriculados o tengan reserva de plaza, en el curso escolar 2020/21 en el primer ciclo de Educación Infantil en un centro de titularidad privada autorizado por la Comunidad de Madrid.
La solicitud se puede presentar:
- De forma telemática
- De manera presencial: rellenando el impreso y presentándolo en el registro electrónico.
¿Dónde se entrega la solicitud presencialmente una vez cumplimentada?
La solicitud se podrá presentar telemáticamente en el registro electrónico de la Consejería de Educación y Juventud, a través de la página web institucional www.comunidad.madrid o presencialmente, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros, o registros electrónicos, de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, y en oficinas de
Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 16 y disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
MUY IMPORTANTE:
- Es totalmente IMPRESCINDIBLE que en la solicitud se indique un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que se enviará un código con el que acceder a consultar el estado de la solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas así como a la resolución definitiva. De lo contrario no se podrá acceder a consultar el estado de su solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.
- Si no se autoriza el cruce de datos de renta, se deberá adjuntar un Certificado de renta del ejercicio 2018 expedido por la AEAT con fecha POSTERIOR a 1 de febrero de 2020. No es válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.
- Se debe tener en cuenta que este año la presentación física tiene un carácter
excepcional debido a la situación generada por la pandemia del Covid-19. Para acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, los Puntos de Información y Atención al Ciudadano (PIAC) y los Puntos de Información Especializada (PIE) de la Comunidad de Madrid, para realizar las gestiones y trámites de su interés, será necesario solicitar cita previa en el siguiente enlace:
Más información:
Requisitos para acceder a las becas
- Para obtener estas ayudas, la renta per cápita familiar no podrá superar el límite de 25.000 euros.
- La principal novedad de esta convocatoria es que los solicitantes con contrato laboral de fijo discontinuo a jornada completa se computarán a jornada completa en el criterio de situación laboral, mientras que antes se consideraba jornada parcial.
- Además, los hijos no nacidos computarán por primera vez como parte de la unidad familiar a la hora de calcular la renta per cápita para la concesión de la beca.
- Tendrán 7 puntos:
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- Las familias en las que los padres trabajen a jornada completa, cuando exista un solo progenitor; y también trabaje todo el día
- Cuando uno de los padres o tutores esté a tiempo completo y el otro tenga un impedimento para atender a su hijo.
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- Tendrán 5 puntos:
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- Las mismas situaciones anteriores se valorarán con 5 puntos si es a tiempo parcial.
- También se puntuará a las familias numerosas y a los padres o hijos con discapacidad y las situaciones socio familiares justificadas por los Servicios Sociales.
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- Además, el Gobierno madrileño dará más facilidades para acceder a las ayudas a las familias con víctimas de violencia de género.
- También podrán optar a ellas de forma excepcional los niños mayores de 3 años que deban estar escolarizados un año más en el primer ciclo de Infantil por tener necesidades educativas especiales acreditadas por el Equipo de Atención Temprana.